Micelio

Artículo 8

De La Oficina Jurídica

Decreto 1472 de 1990 · por el cual se reorganiza la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De la Oficina Jurídica. Son funciones de la Oficina Jurídica

a)

Asistir y asesorar al Superintendente Nacional de Salud en los asuntos jurídicos relacionados con la Superintendencia;

b)

Revisar las providencias y demás actuaciones administrativas que someta a su consideración el Superintendente Nacional;

c)

Preparar las minutas de contratos y colaborar en la elaboración y revisión de proyectos de ley, y decretos concernientes a la Entidad;

d)

Estudiar y proyectar las providencias que deba proferir el Superintendente Nacional en segunda o en única instancia;

e)

Asesorar y coordinar a todas las reparticiones de la Superintendencia en asuntos de su competencia con el objeto de mantener unidad de criterios;

f)

Recopilar, actualizar y sistematizar las normas legales y reglamentarias de la Superintendencia y de las entidades vigiladas, y velar por su difusión;

g)

Mantener actualizado el archivo de los procesos que se encuentren en trámite, de las actuaciones administrativas y vía gubernativa y de los cuales sea parte o tenga interés la Superintendencia;

h)

Tramitar las quejas que se presenten en ejercicio del derecho de petición;

i)

Las demás que se le asignen y correspondan con la naturaleza de la Oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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