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Artículo 219

Cuando La Cuantía De Un Acto O Contrato Se Determine Por El Valor De Un Inmueble Y El Que Estimaren Las Partes Fuere Inferior Al Avalúo Catastral, Los Derechos Se Liquidarán Con Base En Este

Decreto 960 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del Notariado

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la cuantía de un acto o contrato se determine por el valor de un inmueble y el que estimaren las partes fuere inferior al avalúo catastral, los derechos se liquidarán con base en este.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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