Micelio

Artículo 3

Integración

Decreto 1099 de 2022 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Desarrollo y Producción de Tecnologías Estratégicas en Salud (CIDPTES).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Integración. La Comisión estará conformada por los siguientes miembros: 3.1. El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado; 3.2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado; 3.3. El Ministro de Salud y Protección Social, o su delegado, quien la presidirá; 3.4. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o su delegado; 3.5. El Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, o su delegado; 3.6. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, o su delegado; 3.7. El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado;

Parágrafo 1

Serán invitados permanentes a las sesiones de la Comisión con voz, pero sin voto: el director del Instituto Nacional de Salud (INS), o su delegado y el director del Instituto de Evaluación de Tecnológica en Salud (IETS), o su delegado.

Parágrafo 2

También podrán ser invitados a las reuniones de la Comisión, con derecho a voz, pero sin voto los representantes de otras entidades públicas o privadas, organismos y agremiaciones del sector privado nacional e internacional, universidades públicas y privadas, asesores, expertos y demás personas naturales o jurídicas, según estime conveniente la Comisión, la cual podrá solicitarles la elaboración y presentación de informes y conceptos, según se requiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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