Actividades docentes en el extranjero y en las Escuelas Militares extranjeras o Escuelas Militares o Universidades en el país. Los Oficiales que desempeñen funciones docentes como profesores e instructores en Institutos o Escuelas Militares extranjeras o Escuelas Militares o Universidades en el país, podrán solicitar a la Dirección Docente se les homologuen las horas de clase dictadas en ellos, para efectos de promoción a la categoría superior, previa certificación y concepto de sus Comandantes o Directores.
Decreto 400 de 1992 →Vigente
Artículo 101
Actividades Docentes En El Extranjero Y En Las Escuelas Militares Extranjeras O Escuelas Militares O Universidades En El País
Decreto 400 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1212 de 1990, Estatuto del Personal de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.