El Artículo 192 Del Decreto 2437 De 1983,(Se Modifica En El Sentido De Que El Parágrafo Actual Queda Como Parágrafo 1º Y Se Le Adiciona El Parágrafo 2º, Que Quedará Así: Los Encargados De La Distribución Y Comercialización De La Leche, Serán Responsables Solidariamente Con Los Titulares De Las Licencias De Procesamiento, Transporte Y Almacenamiento De Este Producto, En El Mantenimiento De Las Condiciones Sanitarias Del Mismo
Decreto 2473 de 1987 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2437 del 30 de agosto de 1983.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El artículo 192 del Decreto 2437 de 1983,(se modifica en el sentido de que el
Parágrafo
actual queda como
Parágrafo 1
y se le adiciona el
Parágrafo 2
, que quedará así: Los encargados de la distribución y comercialización de la leche, serán responsables solidariamente con los titulares de las licencias de procesamiento, transporte y almacenamiento de este producto, en el mantenimiento de las condiciones sanitarias del mismo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.