Consejo Superior de Aeronáutica Civil. El Consejo Superior de Aeronáutica Civil está integrado por
El Director General de la al de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, quien lo presidirá:
Un delegado del Ministro de Relaciones Exteriores.
Un delegado del Ministro de Comunicaciones.
Un delegado del Ministro de Transporte.
El Comandante de la Fuerza Aérea o su delegado.
Un delegado del Ministro de Comercio Exterior.
Un representante de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, ACDAC, nombrado por el Presidente de la República para períodos de dos años, de terna presentada por ésta. El Jefe de la Oficina de Transporte Aéreo será el Secretario Técnico de este Comité.
El Consejo Superior de Aeronáutica Civil, se reunirá ordinariamente y por derecho propio una vez al mes, y extraordinariamente, cuando lo convoque de Director General de la Aeronáutica Civil, quien podrá invitar a las sesiones a funcionarios de sus dependencias o de otras entidades oficiales o particulares, según la materia que se vaya a tratar en la respectiva sesión.