° Los Administradores Principales y Agentes Postales informarán telegráficamente, en los primeros cinco días de cada mes, al Tesorero de Correos, cuál es el monto de lo recaudado en el mes anterior, descomponiéndolo por rentas.
Decreto 1580 de 1918 →Vigente
Artículo 3
Los Administradores Principales Y Agentes Postales Informarán Telegráficamente, En Los Primeros Cinco Días De Cada Mes, Al Tesorero De Correos, Cuál Es El Monto De Lo Recaudado En El Mes Anterior, Descomponiéndolo Por Rentas
Decreto 1580 de 1918 · Por el cual se reglamenta el artículo 16 de la Ley 82 de 1916
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.