°. DIRECCIÓN TÉCNICA Y DE ESTRUCTURACIÓN . Son funciones de la Dirección Técnica y de Estructuración, las siguientes: 14.1. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión de las Subdirecciones adscritas a la Dirección. 14.2. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecución del proceso de Supervisión, Ejecución y Seguimiento de responsabilidad de las Subdirecciones adscritas y de las Direcciones Territoriales. 14.3. Elaborar la planeación de la ejecución de los programas, proyectos y obras del Instituto a cargo de las unidades ejecutoras adscritas. 14.4. Elaborar en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, los planes y programas, el anteproyecto de presupuesto de inversión de la Dirección Técnica y de Estructuración y de las dependencias a su cargo. 14.5. Liderar y orientar la estructuración de los proyectos de infraestructura de transporte a cargo del Instituto. 14.6. Coordinar con las unidades ejecutoras, las Direcciones Territoriales y la Dirección Jurídica, el desarrollo de los estudios y documentos previos y anexos técnicos, para la contratación de estudios, diseños, obras y operación de la infraestructura vial no concesionada, férrea, fluvial y marítima. 14.7. Dirigir y orientar la reglamentación técnica y regulación relacionadas con la infraestructura de los modos de transporte carretero, fluvial, férreo y marítimo. 14.8. Dirigir, orientar y controlar el desarrollo de investigaciones técnicas requeridas por el Instituto para la ejecución de los planes, programas y proyectos en sus diferentes etapas y para la definición de técnicas, estándares, normas y manuales, sobre la infraestructura de transporte. 14.9. Establecer los parámetros y/o indicadores científicos y técnicos que permitan evaluar la calidad de los programas del área y la regulación de los factores de riesgo. 14.10. Dirigir y orientar los proyectos y planes de acción en relación con las fuentes de financiación actuales y nuevas del Instituto. 14.11. Liderar la identificación, desarrollo, activación e implementación de las actuales y nuevas fuentes de financiación. 14.12. Dirigir las actividades relacionadas con la causación y distribución de valorización de los proyectos. 14.13. Adelantar la administración tributaria de la contribución nacional de valorización del sector transporte de acuerdo con las disposiciones normativas aplicables al INVIAS. 14.14. Dirigir las actividades relacionadas con el desarrollo de estudios técnicos y jurídicos de los procesos de cobro de la contribución nacional de valorización que adelantará el Instituto, así como la actualización y atención de solicitudes de revisión del cobro por valorización emitiendo el concepto respectivo y el valor a cobrar. 14.15. Dirigir, evaluar y hacer seguimiento a las actividades relacionadas con la administración, operación y recaudo de peajes y operación de pesaje, centros de control y áreas de servicio de la infraestructura vial no concesionada a cargo del Instituto Nacional de Vías. 14.16. Participar en el análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de información, necesario para que la Dirección Técnica y de Estructuración pueda interactuar adecuadamente con otras dependencias del Instituto y con instituciones externas, en coordinación con la Oficina TIC. 14.17. Liderar articuladamente con la Oficina TIC la gestión y actualización de los sistemas inteligentes de gestión y monitoreo de infraestructura de transporte. 14.18. Otorgar los permisos para el transporte terrestre de cargas indivisibles extradimensionadas, indivisibles extrapesadas, indivisibles extradimensionadas y extrapesada a la vez y transporte de cargas divisibles empleando vehículos combinados de carga sobre las rutas de la red vial nacional a cargo del INVIAS; así como, los permisos de uso y ocupación temporal de zona de carretera para la construcción de accesos, instalación de tuberías, redes de servicios públicos, canalizaciones, ductos, obras destinadas a la seguridad vial, traslado de postes, transporte de hidrocarburos o cruces de redes eléctricas de alta, media o baja tensión y demás legalmente permitidos; y los permisos para cierres o restricciones de las vías sobre las rutas de la red vial nacional a cargo del INVIAS para la ejecución de obras, la atención a emergencias y la realización de eventos culturales o deportivos, previo concepto técnico emitido por la Subdirección de reglamentación técnica e innovación. 14.19. Dirigir y orientar la formulación e implementación de los criterios y estrategias de sostenibilidad para el desarrollo de la infraestructura de transporte del INVIAS. 14.20. Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión, cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato y hacer efectiva la cláusula penal, así mismo participar en las audiencias que se convoquen para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos a cargo de la dependencia. 14.21. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 14.22. Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.
Decreto 1292 de 2021 →Vigente
Artículo 14
Dirección Técnica Y De Estructuración
Decreto 1292 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías – INVIAS
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.