Micelio

Artículo 7

Ley 78 de 1923 · Por la cual se establece y reglamenta el recurso de casación en materia criminal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Interpuesto el recurso oportunamente y por persona hábil, contra una sentencia o fallo de los sujetos al recurso, el Tribunal lo concederá inmediatamente y ordenara que se remita el proceso a la Corte, previa citación de las partes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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