Serán también objeto de registro, los siguientes actos: la compra y venta de naves y artefactos navales, así como aquellos que se encuentren en construcción, su hipoteca, sus gravámenes y embargos, su arrendamiento financiero y su fletamento a casco desnudo.
Ley 730 de 2001 →Vigente
Artículo 13
Ley 730 de 2001 · por medio de la cual se dictan normas para el registro y abanderamiento de naves y artefactos navales dedicados al transporte marítimo y a la pesca comercial y/o industrial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.