Micelio

Artículo 20

Decreto 380 de 1996 · por el cual se reglamenta parcialmente la ley 223 de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 20 . Responsable del IVA en servicio telefónico. Sin perjuicio de lo ordenado en el artículo 443 del Estatuto Tributario, la empresa que preste el servicio en el país será responsable del impuesto sobre las ventas por el servicio telefónico de larga distancia nacional e internacional, prestado desde teléfonos públicos. Para los efectos de este artículo los registros automatizados internos de la empresa que preste el servicio, constituyen documento equivalente a la factura y servirán para determinar el impuesto sobre las ventas correspondiente.

Parágrafo

Para efectos del

Parágrafo 2

o. del artículo 420 del Estatuto Tributario será responsable del impuesto sobre las ventas la empresa que presta el servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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