Micelio

Artículo 5

Nulo

Decreto 221 de 1986 · por el cual se reglamenta la Ley 43 de 1975 y se decreta la administración e inversión de caudales públicos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Nulo.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 5º De conformidad, con la Ley 15 de 1982 y el Decreto 3040 de 1983, los recursos a que se refiere este Decreto son inembargables; por tanto, las deudas por concepto de prestaciones sociales resultantes de acciones judiciales serán de cargo de la Nación de la entidad territorial o de la Caja de Previsión Social Seccional, según el criterio establecido en el artículo 3ºdel presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 221 de 1986