Mecanismo no judicial de contribución a la verdad y la memoria histórica. Los informes periódicos que hará el Centro de Memoria Histórica, en virtud del artículo 1° del Decreto 2244 de 2011, reglamentario del artículo 4 de la Ley 1424 de 2011, especialmente en lo que se refiere a la información de interés del Mecanismo no Judicial de Contribución a la Verdad y la Memoria Histórica de que trata el artículo 4° de la Ley 1424 de 2011, incluirán un capítulo especial sobre las violaciones de los derechos de las comunidades de que trata el presente decreto, para cuya elaboración se garantizará la participación de las víctimas pertenecientes a las comunidades. Las víctimas pertenecientes a las comunidades, así como sus autoridades y representantes, podrán hacer las manifestaciones voluntarias sobre las violaciones e infracciones de las que trata el presente decreto, ante el Centro de Memoria Histórica, que guarden relación con la información que estará a cargo del Mecanismo no Judicial de Contribución a la Verdad y la Memoria Histórica.
Decreto 4635 de 2011 →Vigente
Artículo 97
Mecanismo No Judicial De Contribución A La Verdad Y La Memoria Histórica
Decreto 4635 de 2011 · por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de tierras a las víctimas pertenecientes acomunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.