°. Prácticas permitidas. En la elaboración de bebidas alcohólicas se permitirán las siguientes prácticas
Añejamiento.
Centrifugación.
Decantación y sedimentación.
Desodorización y decoloración.
Destilación continua o discontinua.
Fermentación controlada.
Filtración.
Hidratación.
Maceración, extracción, decolación.
Pasterización.
Rectificación.
Trasiego.
Tratamiento de calor y frío.
Los procesos de fermentación deben realizarse a partir de materias primas de origen agrícola, bajo condiciones controladas que eviten la proliferación de microorganismos diferentes a las levaduras propias de la fermentación alcohólica.
Para la hidratación de las bebidas alcohólicas debe emplearse agua potable; esta podrá ser destilada, desmineralizada y suavizada.