Micelio

Artículo 18

Funciones De La Junta Directiva

Decreto 2205 de 1983 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Junta Directiva . Son funciones de la Junta Directiva las siguientes

a)

Adoptar y reformar los Estatutos de la entidad y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional;

b)

Autorizar, conforme a las disposiciones legales, la contratación de empréstitos internos y externos destinados al Instituto y aprobar los contratos correspondientes;

c)

Autorizar las comisiones al exterior del Director General y demás funcionarios del Instituto, con arreglo a las normas legales sobre la materia;

d)

Aprobar el presupuesto del Instituto y los traslados que en el mismo se consideren necesarios para el buen funcionamiento de la entidad con el voto favorable del Ministro de Hacienda y Crédito Público o su representante;

e)

Formular la política general del Instituto en desarrollo de los planes trazados por el Gobierno Nacional;

f)

Determinar la estructura, organización administrativa, su planta de personal, conforme a las disposiciones vigentes sobre la materia;

g)

Autorizar los actos o contratos que celebre el Director General cuando su cuantía sea o exceda de cinco millones de pesos ($ 5.000.000.00);

h)

Delegar en el Director General, el cumplimiento de alguna o algunas de sus funciones, previo el lleno de los requisitos legales establecidos para el efecto;

i)

Autorizar al Director General para que delegue en funcionarios del Instituto, determinadas atribuciones de las que le son propias, con los límites que ella misma establezca;

j)

Aprobar el nombramiento y remoción del Secretario General y de los Subdirectores del Instituto, lo mismo que de los Jefes de Oficina de las Direcciones Seccionales de Catastro o de quien haga sus veces y del funcionario que haga las veces de Secretario de las mismas;

k)

Crear Comités Asesores del Instituto que coadyuven al eficaz cumplimiento de los objetivos de la entidad y asignarles sus atribuciones.

l)

Determinar los servicios del Instituto que deben ser retribuidos y fijar el precio por tales conceptos;

m)

Autorizar al Director General, para constituir mandatarios que representen al Instituto en asuntos judiciales o extrajudiciales cuando sea necesario;

n)

Tomar las medidas que propendan al bienestar social y capacitación de los empleados del Instituto con arreglo a las disposiciones legales sobre la, materia; ñ) Expedir su propio reglamento;

o)

Las demás que le otorguen la ley, los Decretos reglamentarios y los presentes estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2205 de 1983