Funciones del Despacho del Superintendente Delegado para la Supervisión de Riesgos . Son funciones del Despacho del Superintendente Delegado para la Supervisión de Riesgos, las siguientes
Ejercer la inspección y vigilancia sobre los riesgos inherentes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, incluidos los riesgos sistémicos, de conformidad con el modelo de supervisión adoptado por el Superintendente Nacional de Salud, y las metodologías e instrumentos diseñados y adoptados por la Oficina de Metodologías y Análisis de Riesgos. Entre los riesgos cuya administración se inspeccionará y vigilará se encuentran los relacionados con los procesos estratégicos de las entidades vigiladas, los procesos estructurales, tanto de salud como de operación y los riesgos originados en los procesos de apoyo de las entidades vigiladas de tipo técnico y financiero.
Impartir los lineamientos al interior de la Delegada para dar cumplimiento al modelo de supervisión que se adopte y para implementar las metodologías e instrumentos adoptados por la Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo para la identificación, medición, evaluación, administración, prevención, control, priorización, autorregulación y mitigación de riesgos inherentes al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Inspeccionar y vigilar la implementación del modelo de supervisión, las metodologías e instrumentos para la identificación, medición, evaluación, administración, prevención, control, priorización, autorregulación y mitigación de los riesgos inherentes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, diseñados y adoptados por la Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo.
Inspeccionar y vigilar la implementación por parte de los sujetos vigilados de los indicadores de riesgos, incluidas las alertas tempranas, de conformidad con el marco establecido por la Superintendencia, sin perjuicio de las competencias asignadas a otras autoridades.
Suministrar periódicamente a la Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo la información que se requiera para el cumplimiento de sus funciones.
Impartir las directrices para la ejecución de los planes de implementación de las metodologías e instrumentos adoptados para la identificación, medición, evaluación, administración, prevención, control, priorización, autorregulación y mitigación de riesgos inherentes al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Ejercer inspección y vigilancia de los riesgos asociados a la generación, flujo, administración, recaudo y pago oportuno y completo de los aportes y aplicación de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de conformidad con el modelo, las metodologías e instrumentos diseñados y adoptados por la Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo.
Apoyar a la Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo, en la realización de los estudios de impacto de los indicadores de riesgo.
Administrar y mantener actualizados los aplicativos e instrumentos que se desarrollen para el ejercicio de la función de la dependencia, en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información.
Impartir las directrices a los sujetos vigilados o adoptar las medidas que correspondan, dentro del ámbito de sus competencias, para mitigar los riesgos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Impartir los lineamientos a seguir por las direcciones de la Delegada para el cumplimiento de sus funciones.
Evaluar periódicamente el estado de los riesgos en salud de los sujetos vigilados, dentro del ámbito de sus competencias y en armonía con las funciones y competencias del Ministerio de Salud y Protección Social.
Brindar información técnica a los sujetos vigilados y a los funcionarios de la Superintendencia Nacional de Salud, en lo relacionado con los temas de competencia de la Delegada.
Proponer al Superintendente Nacional de Salud la adopción de cualquiera de las acciones y medidas especiales, por el incumplimiento de las normas relacionadas con los riesgos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Hacer seguimiento y revisar los modelos internos de riesgo de los sujetos vigilados de conformidad con las directrices que formule el Superintendente Nacional de Salud.
Suministrar, en lo de su competencia, a la Oficina Asesora de Planeación y a la Secretaría General la información para fijar los costos de supervisión y control, con el fin de liquidar la tasa en favor de la Superintendencia.
Proponer al Superintendente Nacional de Salud, los mecanismos y procedimientos contables que deben adoptar los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, con el fin de mitigar los riesgos económicos y financieros del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Apoyar al Despacho del Superintendente Nacional de Salud en la promoción, coordinación, estructuración y funcionamiento a nivel nacional, departamental, distrital y municipal de la Red de Controladores del Sector Salud, en lo relacionado con las funciones de esta dependencia.
Trasladar a la Superintendencia Delegada de Procesos Administrativos las situaciones que por presunta infracción de normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud, ameriten la apertura de una investigación administrativa y remitir a las instancias competentes las posibles irregularidades que se puedan estar cometiendo en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Realizar visitas, recibir declaraciones, requerir información y utilizar los demás medios de prueba legalmente admitidos, para el cumplimiento de sus funciones de inspección y vigilancia.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.