Micelio

Artículo 61

Curso De Información Militar

Decreto 1300 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 612 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Curso de Información Militar. Para ingresar al curso de información militar de que trata el Artículo 52 del Decreto 612 de 1977, los Mayores y Capitanes de Corbeta del Cuerpo Logístico con título universitario que no adelanten el Curso de Estado Mayor, deberán reunir los siguientes requisitos

a)

Ser propuesto al Comando General por el Comando de las respectiva Fuerza, previo examen cuidadoso de las condiciones profesionales, morales e intelectuales del candidato. Esta propuesta debe hacerse con un mínimo de cuatro (4) meses de anticipación a la fecha señalada para la iniciación del curso.

b)

Exhibir un promedio de clasificación no inferior a Lista número tres (3) durante los años de servicio como Mayor o Capitán de Corbeta.

c)

Tener un mínimo de dos (2) años de antigüedad en el grado.

d)

Haber cumplido los requisitos de cargo y tiempo de servicio establecidos para su jerarquía y especialidad en el Artículo 50 de este Decreto.

e)

Estar incluido en la disposición legal de llamamiento a curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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