Art. 203. A continuacion del manifiesto se entenderá una dilijencia que esprese la fecha de su presentacion i la de la salida del buque, que firmarán el Administrador i el Contador ; i se entregará uno de los ejemplares al consignatario, otro se remitirá a la Secretaría de Hacienda, i el otro quedará en el archivo de la Aduana.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.