° Los Embajadores y Ministros Plenipotenciarios en el Servicio Exterior, los Cónsules Generales Centrales y quienes integren misiones especiales de carácter transitorio u ocasional, no tendrán que ser nombrados dentro del personal de la Carrera Diplomática y Consular.
Decreto 2016 de 1968 →Vigente
Artículo 2
Los Embajadores Y Ministros Plenipotenciarios En El Servicio Exterior, Los Cónsules Generales Centrales Y Quienes Integren Misiones Especiales De Carácter Transitorio U Ocasional, No Tendrán Que Ser Nombrados Dentro Del Personal De La Carrera Diplomática Y Consular
Decreto 2016 de 1968 · Orgánico del Servicio Diplomático y Consular
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.