Artículo décimo. El Procurador Delegado para la vigilancia administrativa ejercerá, además, todas las funciones y atribuciones de vigilancia administrativa que se señalan a la Procuraduría en la Ley 83 de 1936, o que le encomiende el Gobierno Nacional. Desde la expedición de este Decreto comenzará a hacer anotaciones especiales en los registros de empleados en los casos en que hayan cometido actos ilícitos en el manejo de los fondos o bienes del Tesoro Público, con el fin de prevenir que puedan ser nombrados para cualquier cargo público en el futuro.
Decreto 2898 de 1953 →Vigente
Artículo 10
Ley 25 De 1974
Decreto 2898 de 1953 · Por el cual se crea un cargo en la Procuraduría General de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.