°. Los Colectores y .Subcolectores de Rentas, de acuerdo con el Alcalde o Inspector de Policía de cada lugar, enviarán una lista de ciudadanos de reconocida honorabilidad, la cual comprenderá no menos de cinco (5) personas por cada fracción donde funcionen expendios de carnes y sacrificios de ganado mayor, los cuales deben ser propietarios de haciendas o fincas dentro de la zona. Esta lista quedará en poder del Jefe de Rentas e Impuestos y de ella tomará los nombres de las personas que habrán de declarar sobre ía persona interesada en el permiso de que trata el artículo 1°, sobre los siguientes puntos
Concepto personal que tengan sobre la honorabilidad de la persona interesada y sobre la conveniencia del expendio y sacrificio de ganado mayor para los moradores de la región donde ha de establecerse el expendio.
El conocimiento personal que tengan del interesado en lo que se refiere a la seriedad en los negocios, cumplimiento en sus obligaciones comerciales, y si consideran que es incapaz de beneficiar ganado que hubiere sido sustraído clandestinamente de cualquiera de las haciendas, e incapaz de burlar el pago de los impuestos.