Esta insistencia solo procederá cuando se rechace o niegue el recurso de apelación, caso en el cual el interesado, dentro del término de ejecutoria, podrá solicitar copias de la providencia impugnada y de las demás piezas pertinentes, las cuales se compulsarán dentro del término improrrogable de dos días.
La insistencia será presentada ante quien negó o rechazó el recurso de apelación, este la remitirá al funcionario con atribuciones disciplinarias competente en segunda instancia, con la documentación pertinente anexa, dentro de los dos días inmediatamente siguientes al de la radicación de la misma en su despacho. El competente resolverá de plano dentro de los tres días siguientes al recibo de la solicitud.
Si quien conoce la insistencia necesitare copias de otras actuaciones procesales, ordenará al competente que las remita inmediatamente.