La Universidad del Ministerio Público tendrá como órganos y autoridad de dirección, gobierno y administración los siguientes:
Consejo Superior Universitario,
Consejo Académico,
Rector,
Consejo de Participación Institucional del Ministerio Público.
Las funciones, composición y propósitos del Gobierno Universitario estarán determinados en la presente ley y en los Estatutos de la Universidad.
El Consejo de Participación Institucional será un órgano consultivo integrado por representantes de la Procuraduría, Defensoría y personerías, encargado de articular la agenda académica de la Universidad con las necesidades institucionales del Ministerio Público, sin facultades de dirección o decisión.