Art. 6.° Autorízase al Poder Ejecutivo para organizar en la ciudad de Barranquilla una Ajencia portal independiente de la Administracion principal de Hacienda, trasladando a dicha Ajencia al Oficial de correspondencia i el de encomiendas.
La Ajencia postal tendrá ademas un Portero-escribiente con el sueldo anual de doscientos ochenta pesos.
El sueldo anual del Jefe de la Ajencia sera de unos doscientos pesos.
Para gastos de material se le asignarán novecientos sesenta pesos anuales.