La Comisión Nacional Para El Desarrollo Y Fomento De La Industria Ovina Y Caprina Tendrá Como Funciones Analizar Y Recomendar Al Ministerio De Agricultura Las Políticas Relacionadas Con Las Especies Ovina Y Caprina En Cuanto A: A) Recopilar Y Analizar La Información Necesaria En Materia De Producción, Mercadeo Y Financiamiento; B) Elaborar Los Diagnósticos Y Evaluaciones Pertinentes; C) Recomendar Al Ministerio De Agricultura La Ejecución De Programas De Producción Y Mercadeo A Corto, Mediano Y Largo Plazo, Señalando Las Acciones Necesarias Para Su Realización; D) Asesorar Al Ministerio De Agricultura En La Elaboración De Los Programas De Crédito, Asistencia Técnica Y Sanidad; E) Colaborar Con La Orientación, Dirección Y Supervisión De Los Convenios Internacionales En Cuanto A La Investigación Y Transferencia De Tecnología
Decreto 1404 de 1984 · Por el cual se crea la Comisión Nacional para el Desarrollo y Fomento de la Industria 0vina y Caprina.
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º La Comisión Nacional para el Desarrollo y Fomento de la Industria Ovina y Caprina tendrá como funciones analizar y recomendar al Ministerio de Agricultura las políticas relacionadas con las especies ovina y caprina en cuanto a
a)
Recopilar y analizar la información necesaria en materia de producción, mercadeo y financiamiento;
b)
Elaborar los diagnósticos y evaluaciones pertinentes;
c)
Recomendar al Ministerio de Agricultura la ejecución de programas de producción y mercadeo a corto, mediano y largo plazo, señalando las acciones necesarias para su realización;
d)
Asesorar al Ministerio de Agricultura en la elaboración de los programas de crédito, asistencia técnica y sanidad;
e)
Colaborar con la orientación, dirección y supervisión de los convenios internacionales en cuanto a la investigación y transferencia de tecnología.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.