Para los efectos del artículo 8º de la Ley 149 de 1936, se entiende que quedan incluidos en las labores de cargue y descargue, de los puertos marítimos de la República, todos aquellos trabajos inherentes a dichas labores, tales como el chequeo, el acarreo, etc.
Decreto 1692 de 1939 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1692 de 1939 · Por el cual se reglamenta el artículo 8º de la Ley 149 de 1936
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.