Micelio

Artículo 8

Decreto 264 de 2000 · Por el cual se establecen el sistema de clasificación y nomenclatura, y la naturaleza de las funciones de los empleos de la Procuraduría General de la Nación incluidos los del Instituto de Estudios del Ministerio Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Disposiciones salariales . Establécense para los empleos que se señalan a continuación las siguientes remuneraciones mensuales

a)

La remuneración mensual del Procurador Regional será de: CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/cte. ($4'619.594) distribuida así: ASIGNACIÓN BÁSICA: $2.280.631 GASTOS DE REPRESENTACIÓN: $1.780.631 PRIMA ESPECIAL: $558.332

b)

La remuneración mensual del Procurador Distrital será la establecida para el Procurador Distrital II de que trata el artículo 7º del Decreto 37 del 8 de enero de 1999.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 264 de 2000