°. Deróganse todas las exenciones del impuesto de timbre nacional consagradas por otras disposiciones salvo las conferidas a favor de entidades expresamente, nombradas, o de los actos que éstas celebren. Otras disposiciones sobre exenciones
Decreto 2908 de 1960 →Vigente
Artículo 7
Deróganse Todas Las Exenciones Del Impuesto De Timbre Nacional Consagradas Por Otras Disposiciones Salvo Las Conferidas A Favor De Entidades Expresamente, Nombradas, O De Los Actos Que Éstas Celebren
Decreto 2908 de 1960 · Por medio del cual se expiden normas sobre impuestos de timbre nacional y papel sellado. (segunda publicación)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.