Micelio

Artículo 29

Confidencialidad

Decreto 809 de 1994 · Por el cual se distan disposiciones relacionadas con la Aplicación de medidas de salvaguardia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Confidencialidad. La entidad investigadora garantizará la confidencialidad de todo documento que, de conformidad con las disposiciones vigentes, esté sometido a reserva, y exigirá del aportante la presentación de un resumen no confidencial del mismo documento. El aportante podrá en todo caso, renunciar voluntariamente a la confidencialidad, consignando por escrito tal determinación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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