º. Los derechos constituidos a favor de terceros en virtud de sentencia definitiva anterior al 22 de diciembre de 1969 siguen teniendo los mismos alcances y efectos en ella se determinan. Si en el fallo se declara el derecho particular al subsuelo sin especificar los minerales que se hallen en el respectivo globo de terreno o si se declara el mismo derecho sobre todos los minerales de la correspondiente zona, la situación jurídica reconocida continuará en vigencia, a menos que se extingan por motivos legales. Si la sentencia se limita a declarar el derecho particular sobre algunos depósitos o sobre ciertos minerales específicos o genéricamente determinados, los otros depósitos y los otros minerales que se encuentren en el área respectiva quedan sometidos a la regla general desarrollada en los artículos 1º de la Ley 20 de 1969 y 4º del presente estatuto y en consecuencia continuarán perteneciendo a la Nación.
Decreto 2477 de 1986 →Vigente
Artículo 7
Los Derechos Constituidos A Favor De Terceros En Virtud De Sentencia Definitiva Anterior Al 22 De Diciembre De 1969 Siguen Teniendo Los Mismos Alcances Y Efectos En Ella Se Determinan
Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.