º. Adquisición de títulos de rendimiento anticipados con retención en el desarrollo de encargos fiduciarios. Cuando una sociedad fiduciaria en desarrollo de un encargo fiduciario celebrado con una entidad no contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios, o exenta de dicho impuesto o no sometida a retención en la fuente por expresa disposición legal, adquiera y mantenga títulos con descuento o intereses anticipados cuyos rendimientos hayan estado sometidos a la retención en la fuente de conformidad con lo previsto en el Decreto 1960 de 1996 y en el presente decreto, podrá recuperar mediante el procedimiento señalado a continuación, la retención en la fuente que corresponda a los rendimientos financieros generados por los títulos adquiridos en desarrollo del encargo, desde la fecha de su adquisición hasta la fecha de su enajenación o redención, siempre y cuando los beneficiarios de dichos encargos sean las entidades no contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios, o las exentas de dichos impuesto o las no sometidas a retención en la fuente por expresa disposición legal. Para efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, la sociedad fiduciaria que en desarrollo del encargo fiduciario, adquiera y mantenga títulos sometidos a la retención en la fuente, debitará mensualmente de la cuenta de retenciones por consignar, la retención en la fuente que corresponda a los rendimientos financieros generados por los títulos durante el mes a favor de las entidades no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, exentas de dicho impuesto o no sometidas a retención en la fuente por expresa disposición legal, y la abonará a favor de estos últimos. La sociedad fiduciaria deberá conservar los documentos que soporten cada nota débito que realice a la cuenta de retenciones por consignar, para ser presentados ante la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales, cuando ésta lo exija.
Decreto 2360 de 1996 →Vigente
Artículo 9
Adquisición De Títulos De Rendimiento Anticipados Con Retención En El Desarrollo De Encargos Fiduciarios
Decreto 2360 de 1996 · por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.