°. Contenido de las etiquetas . Las etiquetas de los medicamentos autorizados para ser comercializados bajo la figura de Importación Paralela, deberán incluir, la leyenda "Importación Paralela": nombre y domicilio de la entidad autorizada para realizar la importación paralela y el número de autorización otorgado por el Invima.
En el evento en que la etiqueta sea diferente a la aprobada por el Invima, se aceptará la etiqueta tal como viene del país exportador, en cuyo caso, la entidad autorizada para realizar la importación paralela incluirá la siguiente información en español: Nombre del principio activo en su Denominación Común Internacional, DCI, y condiciones de almacenamiento sin reconstituir y reconstituido, si aplica.