Artículo cuarto: El Director del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior (ICETEX), será nombrado por el Presidente de la República, para un periodo de cuatro años, de una lista de cuatro candidatos que, en orden alfabético, le presentará la Junta Directiva, por conducto del Ministerio de Educación Nacional.
Los candidatos para la Dirección del Instituto deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener título académico expedido por una universidad colombiana, y haber cursado estudios en el exterior, o tener título académico expedido por una universidad extranjera.