Micelio

Artículo 8

Los Dineros Qué Se Recauden Por Concepto De Impuesto De Valorización E Intereses En La Obra De La Esclusa De La Ramada , Ingresarán Al Fondo Nacional Rotatorio De Irrigación De Desecación , Que Maneja La Tesorería General De La República

Decreto 1116 de 1942 · Por el cual se reglamenta la forma de recaudación y cobro del impuesto de valorización causado por la obra de reconstrucción de la escuela de La Ramada, en la Sabana de Bogotá, y se provee a si mantenimiento y conservación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los dineros qué se recauden por concepto de impuesto de valorización e intereses en la obra de la esclusa de La Ramada , ingresarán al Fondo Nacional Rotatorio de Irrigación de Desecación , que maneja la Tesorería General de la República.

Parágrafo

Simultáneamente con el recaudo de los dineros a que alude este artículo, se exigirá también la tasa de sostenimiento de que trata el artículo 2º del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1116 de 1942