Artículo cuarto. Este Decreto regirá a partir del 1° de diciembre de 1966, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 2844 de 1966 →Vigente
Artículo 4
Decreto 2844 de 1966 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 901 de 25 de marzo de 1959.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.