º. Auméntase en cincuenta pesos ($ 50) el sueldo mensual del Escribiente del Departamento de Liquidación y Registro de Cuentas de la Administración General de Correos, de acuerdo con el artículo 2º de la Ley 72 de 1919. Comuníquese y publíquese.
Decreto 393 de 1920 →Vigente
Artículo 3
Auméntase En Cincuenta Pesos ($ 50) El Sueldo Mensual Del Escribiente Del Departamento De Liquidación Y Registro De Cuentas De La Administración General De Correos, De Acuerdo Con El Artículo 2º De La Ley 72 De 1919
Decreto 393 de 1920 · Por el cual se hace una promoción, se acepta una renuncia, se adscriben unas funciones a un empleado y se le aumenta el sueldo en el ramo de Correos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.