Micelio

Artículo 1

Decreto 2845 de 1954 · Por el cual se da una autorizacion al municipio de bogota

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Autorízase al Municipio de Bogotá, para que, por medio de su Alcalde y Personero, y con la aprobación de la honorable Junta Asesora y de Contratos de la Administración Municipal, ceda, a título gratuito, en favor de la institución denominada "Protección de la Joven", el dominio que tiene sobre los siguientes predios, de acuerdo con los planos elaborados por la Oficina del Plan Regulador de Bogotá

a)

El denominado "La Gata Golosa", situado sobre el Paseo Bolívar de Bogotá, y al norte de la carretera que comunica dicho Paseo con la carretera que circunvalación que conduce al Asilo Taller Franklin D. Roosevelt, y que tiene una extensión superficiaría de 38.195.31 varas cuadradas, o sean 24.445 metros cuadrados;

b)

El que forma parte del "Bosque Popular", situado en Bogotá al noroeste del camino que de esta ciudad conduce a Engativá, y que tiene una extensión superficiaria de 12 fanegadas con 078 varas cuadradas, o sean 76.850 metros cuadrados;

c)

El lote con cabida de 1.002.82 varas cuadradas, o sean 641.80 metros cuadrados y las edificaciones en él construidas, situados en la calle 24 de Bogotá y señalados con el número 19-A-02.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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