º Adscríbese al Pagador del Ministerio de Gobierno las funciones de Pagador de la Asamblea Nacional Constituyente, y se le asigna por tales servicios una bonificación de cuatrocientos pesos ($ 400.00) moneda corriente mensuales, la que será pagada con cargo a la imputación presupuestal relativa a los empleados de la citada Asamblea.
Decreto 154 de 1955 →Vigente
Artículo 3
Adscríbese Al Pagador Del Ministerio De Gobierno Las Funciones De Pagador De La Asamblea Nacional Constituyente, Y Se Le Asigna Por Tales Servicios Una Bonificación De Cuatrocientos Pesos ($ 400
Decreto 154 de 1955 · Por el cual se fija el personal de la Secretaría General de la Asamblea Nacional Constituyente, y el de las Comisiones Permanentes y sus asignaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.