Micelio

Artículo 5

El Avance Que Se Autoriza En El Artículo Anterior, Se Cancelará Mensualmente Mediante Descuentos Equivalentes Al 10% De La Suma Prestada

Decreto 1361 de 1971 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1277 de julio 26 de 1971

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El avance que se autoriza en el artículo anterior, se cancelará mensualmente mediante descuentos equivalentes al 10% de la suma prestada. Si de conformidad con el

Parágrafo 3

del artículo 2º del Decreto 1277 de junio 26 de 1971 la Corporación Financiera del Transporte disminuyere o suprimiere el subsidio, el avance que no hubiere sido cubierto será restituido por la empresa o el propietario, según el caso, a la Corporación Financiera del Transporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1361 de 1971