El Secretario General depende del Rector y tiene las siguientes funciones principales
Refrendar con su firma los Acuerdos y Resoluciones expedidos por el Consejo Superior y Académico, que deberán ser suscritos también por el respectivo Presidente;
Elaborar y firmar conjuntamente con el Presidente del Consejo Superior y el Consejo Académico, las actas correspondientes a sus sesiones;
Refrendar con su firma las Resoluciones que expida el Rector;
Conservar y custodiar en condiciones adecuadas los archivos correspondientes al Concejo Superior y demás órganos de los cuales sea Secretario;
Autenticar, cuando se requiera, la firma de los funcionarios académicos y administrativos de la Universidad;
Refrendar con su firma los certificados, títulos y diplomas y académicos que expida la Universidad;
Notificar, en los términos legales y reglamentarios, los actos que expidan el Rector y las corporaciones de las cuales sea Secretario;
Las demás que le asignen el estatuto general, los reglamentos y normas de la Universidad. De los decanos.