Notificación electrónica. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo previsto en el Código del Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y con las formalidades legales que regulan la conservación y originalidad de los mensajes de datos previstos en la Ley 527 de 1999 y demás normas que la modifiquen o reglamenten, podrá determinar los términos y condiciones para implementar, a través de los servicios informáticos electrónicos, la notificación electrónica.
Decreto 390 de 2016 →Vigente
Artículo 660
Notificación Electrónica
Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.