Artículo primero. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de ciento setenta y siete millones cuatrocientos mil pesos ($177.400.000.00), moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 28 del mismo año, expedido por el Contralor General de la república, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Rentas e Ingresos. CAPITULO XIV e) Otros recursos. Numeral 165-B. Mayor producto de las rentas, globalmente considerados. (Artículo 85 del Decreto-ley 1675 de 1964) $ 177.400.000 Suma el recurso $ 177.400.000
Decreto 2201 de 1972 →Vigente
Artículo 85
Del Decreto-Ley 1675 De 1964) $ 177
Decreto 2201 de 1972 · Por los cuales se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972, (Ministerio de Educación Nacional), por $ 177.400.00, (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 7.800.000.00, (Ministerio de Desarrollo Económico) , por $ 30.000.000 y presidencia de la república y Ministerio de Obras Públicas), por $ 8.000.000.00, respectivamente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.