Micelio

Artículo 1

Ley 38 de 1929 · SOBRE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN EL TERRITORIO NACIONAL DE LA GOAJIRA

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desde la vigencia de la presente Ley la Comisaria Especial de La Goajira se compondrá de tres Municipios: el de Oriente, con los Corregimientos de Castilletes y Nazaret, con cabecera en Castilletes; el de Occidente, con los Corregimientos de San Antonio, El Pájaro y Carrizal, con cabecera en San Antonio, y el del Sur, con los Corregimientos de Carraipía y Soldado, con cabecera en Maicao.

Parágrafo

El Gobierno Nacional en decreto reglamentario fijará de modo preciso los límites de los Municipios anteriores y dictará todas las medidas tendientes al funcionamiento regular de los expresados Municipios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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