Artículo tercero. Suprímense a partir del 1° de marzo del corriente año los siguientes cargos en el Servicio Consular: Vicecónsul en Manaos; Cónsul General en San José de Costa Rica; Archivero, Ayudante Segundo de Caja y Pagos, Ayudante de Pedidos; Subjefe de Embarques, Ayudante Segundo de Embarques y Mecanotaquígrafa del Consulado en Nueva York; Vicecónsul en San Francisco: Canciller del Consulado en Baltimore; Mecanotaquígrafa del Consulado en Houston; Canciller del Consulado en Bruselas; Canciller del Consulado en Barcelona; Cónsul en Reos y Tarragona; Secretario del Consulado en París; Cónsul General en El Havre; Cónsul General en Helsinki: Vicecónsul en Montreal; Cónsul General en Sidney y Cónsul General en Milán.
Decreto 251 de 1951 →Vigente
Artículo 3
Decreto 251 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en Servicio Exterior, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.