Micelio

Artículo 169

Independientemente De Las Sanciones Penales A Que Haya Lugar, El Funcionario O Empleado Responsable De Una Cualquiera De Las Faltas Disciplinarias De Que Trata Este Decreto, Estará Sujeto A Las Sanciones De Apercibimiento, Multa, Suspensión En El Empleo O Destitución Y, Como Medida Accesoria, A La Exclusión De La Carrera

Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 169. Independientemente de las sanciones penales a que haya lugar, el funcionario o empleado responsable de una cualquiera de las faltas disciplinarias de que trata este Decreto, estará sujeto a las sanciones de apercibimiento, multa, suspensión en el empleo o destitución y, como medida accesoria, a la exclusión de la carrera.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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