°. Plantas de Beneficio. El Certificado de Origen que deben expedir las personas que poseen plantas de beneficio, para la venta de los minerales presentes en el lodo aurífero que resulta de las actividades realizadas en estas, deberá soportarse en los Certificados de Origen de los diferentes Explotadores Mineros Autorizados que beneficien en dicha planta. Para este efecto, el propietario de la planta, deberá anexar a su Certificado de Origen copia de los certificados de dichos explotadores.
Decreto 276 de 2015 →Vigente
Artículo 7
Plantas De Beneficio
Decreto 276 de 2015 · por el cual se adoptan medidas relacionadas con el Registro Único de Comercializadores (Rucom).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.