Suprímese, A Partir Del 1° De Marzo Entrante, El Personal Remunerado Al Servicio De La Junta De Canalización Del Rio Magdalena, Personal Que Ha Venido Figurando Con Las Denominaciones Y Sueldos Siguientes: Ayudante E Inspector General De Trabajos $ 160 Secretario De La Junta 150 Escribiente 70 Cartero 30 Suma Mensual $410 Parágrafo
Decreto 268 de 1918 · Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el ramo de Navegación Fluvial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Suprímese, a partir del 1° de marzo entrante, el personal remunerado al servicio de la Junta de Canalización del rio Magdalena, personal que ha venido figurando con las denominaciones y sueldos siguientes: Ayudante e Inspector General de trabajos $ 160 Secretario de la Junta 150 Escribiente 70 Cartero 30 Suma mensual $410
Parágrafo
Las funciones de Secretario de la Junta serán desempeñadas en lo sucesivo por el empleado del Ramo a quien la misma Junta designe, de acuerdo con el Inspector General, quien proveerá además, sin que la medida implique nuevas erogaciones, los servicios de Portería y los otros anexos a la Junta.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.