El Ministerio de Educación Nacional queda autorizado para establecer y reglamentar, como estímulo a los docentes a su servicio, comisiones remuneradas de estudios, viajes dentro y fuera del país, en orden de prelación a quienes a más de acreditar una antigüedad mayor de siete años de servicio trabajen en zonas rurales, escuelas unitarias, poblaciones carentes de medios apropiados de progreso intelectual, cultural y técnico; a quienes se distingan en la docencia por su especial dedicación y espíritu de trabajo y colaboración; en fin, a docentes que estén terminando estudios de profesionalización o adelanten una investigación pedagógica.
Artículo 14
El Ministerio De Educación Nacional Queda Autorizado Para Establecer Y Reglamentar, Como Estímulo A Los Docentes A Su Servicio, Comisiones Remuneradas De Estudios, Viajes Dentro Y Fuera Del País, En Orden De Prelación A Quienes A Más De Acreditar Una Antigüedad Mayor De Siete Años De Servicio Trabajen En Zonas Rurales, Escuelas Unitarias, Poblaciones Carentes De Medios Apropiados De Progreso Intelectual, Cultural Y Técnico; A Quienes Se Distingan En La Docencia Por Su Especial Dedicación Y Espíritu De Trabajo Y Colaboración; En Fin, A Docentes Que Estén Terminando Estudios De Profesionalización O Adelanten Una Investigación Pedagógica
Decreto 224 de 1972 · Por el cual se señalan las asignaciones de los Rectores o Directores, Prefectos y Profesores de enseñanza primaria, secundaria y profesional normalista, al ser vicio del Ministerio de Educación Nacional y se establecen estímulos de diversa índole para los mismos funcionarios.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.