Micelio

Artículo 1

Apruébase El Acuerdo Número 297 De Abril De 1969, Expedido Por El Consejo Directivo Del Instituto Colombiano De Seguros Sociales, Que A La Letra Dice: Consejo Directivo Del Icss

Decreto 777 de 1969 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 297 de 1969 emanado del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Apruébase el Acuerdo número 297 de abril de 1969, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, que a la letra dice: Consejo Directivo del ICSS. ACUERDO NUMERO 297 DE 1969 (abril 9) por el cual se unifican los recursos que proceden contra la providencias de la Comisión de Prestaciones, y se fijan términos para su utilización. El Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con las normas legales vigentes, las providencias de la Comisión de Prestaciones que conceden o niegan pensiones o indemnizaciones, pueden ser acusadas por los interesados, en la vía administrativa, por medio de recursos y dentro de términos diferentes, según se trate del Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales o del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte; Que es necesario unificar y reglamentar los recursos que proceden contra estas providencias, ACUERDA:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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