Micelio

Artículo 6

Ley 1085 de 2006 · por la cual se modifica parcialmente la planta de personal de la Cámara de Representantes, en desarrollo del artículo 150, numeral 20 de la Constitución Política.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Mesa Directiva de la Cámara de Representantes realizará los trámites pertinentes para el cumplimiento de la presente ley, así como la ubicación del espacio físico donde funcionará la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias de la Cámara de Representantes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1085 de 2006